La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) oficializó esta semana un nuevo esquema de beneficios fiscales que impactará directamente en el bolsillo de los pequeños contribuyentes porteños. A través de la Resolución N.º 28/AGIP/26, el organismo reglamentó bonificaciones que llegan a la exención total del pago de Ingresos Brutos para las escalas más bajas.

La iniciativa reglamenta el reciente artículo 180 bis del Código Fiscal, con el objetivo de fomentar la formalización y aliviar la carga tributaria de profesionales, trabajadores independientes y microemprendedores que prestan servicios en la Ciudad.

¿Quiénes acceden al beneficio y cuánto ahorran?

El descuento se divide según la categoría en la que se encuentre el contribuyente dentro del Régimen Simplificado:

Categorías del Régimen SimplificadoBeneficio sobre la cuota de IIBB
Categorías más bajas (Las primeras 3)100% de bonificación (No pagan el impuesto)
Categorías siguientes (Las próximas 5)75% de bonificación

Requisitos clave para el acceso automático

Una de las ventajas principales de esta normativa es su implementación simplificada. Para acceder, el contribuyente debe cumplir con dos condiciones:

  1. Actividad principal: Debe estar encuadrado en la prestación de servicios.
  2. Conducta fiscal: No debe registrar deudas previas en el impuesto.

No es necesario realizar trámites adicionales: Si se cumplen estos requisitos, la AGIP aplicará el descuento de manera automática en las liquidaciones correspondientes.

Un paso más hacia la simplificación tributaria

Desde el organismo señalaron que esta medida es la continuación de un proceso de actualización iniciado en 2025. “El objetivo es facilitar el cumplimiento de los pequeños prestadores, quienes representan una parte fundamental de la dinámica económica de la Ciudad”, indicaron fuentes de AGIP.

La resolución ya fue publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad y se encuentra vigente, por lo que el impacto comenzará a verse reflejado en las próximas obligaciones tributarias de los beneficiarios.


Información adicional para el contribuyente:

  • Normativa: Resolución N.º 28/AGIP/26.
  • Vigencia: Ya se encuentra operativa.
  • Consulta de deuda: Podés verificar tu estado de cuenta en la web oficial de AGIP.