En una metrópoli marcada por el tránsito intenso y la construcción permanente, la contaminación sonora se ha consolidado como uno de los conflictos vecinales más recurrentes. Para regular la convivencia y proteger la salud de los porteños, la Ciudad de Buenos Aires aplica la Ley 1540, una normativa que establece límites precisos de decibeles y franjas horarias estrictas, especialmente para las obras en construcción.

El cronograma de las obras y los límites de sonido

Según el marco legal vigente, las empresas constructoras y los particulares solo pueden realizar trabajos que generen ruido de lunes a viernes entre las 7 y las 20, mientras que los sábados el horario se reduce de 8 a 13. Fuera de estos periodos, el uso de maquinaria pesada o herramientas ruidosas está estrictamente prohibido, salvo en casos de autorizaciones excepcionales por emergencia o fuerza mayor.

En términos técnicos, la ley distingue entre el día y la noche para fijar los topes de emisión sonora en zonas residenciales:

  • Horario diurno: El máximo permitido es de 55 decibeles.
  • Horario nocturno: El límite desciende a los 45 decibeles para garantizar el descanso.

Es importante destacar que una infracción no solo se configura por superar estos niveles, sino también por sonidos persistentes o reiterados que resulten perturbadores debido al contexto o su continuidad.

Consorcios y sanciones

En los edificios de propiedad horizontal, la mediación inicial recae en los administradores, bajo los lineamientos de la Ley 941 y los reglamentos de copropiedad. Sin embargo, cuando el diálogo no es suficiente, la Ciudad contempla sanciones que escalan según la gravedad y la reincidencia. Estas pueden ir desde apercibimientos y multas económicas significativas hasta la clausura temporal de la obra o el secuestro de los equipos que generen el ruido.

¿Cómo realizar una denuncia?

Los vecinos afectados cuentan con diversos canales formales para canalizar sus reclamos y solicitar una inspección de la Agencia de Protección Ambiental:

  1. Línea 147: Atención telefónica ciudadana.
  2. App y Web BA 147: A través de la opción “Ruido molesto”.
  3. Fiscalías y Comisarías: En casos donde se trate de contravenciones reiteradas o conflictos de convivencia urgentes.

La normativa busca que el desarrollo urbano de la Ciudad no afecte la calidad de vida de sus habitantes, estableciendo que el orden y el respeto por los horarios de descanso son la regla fundamental para evitar penalidades.