La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires debate un proyecto de ley que busca flexibilizar y humanizar el Sistema de Evaluación Permanente de Conductores (scoring). La propuesta apunta a que los automovilistas que cometan infracciones menores puedan recuperar la totalidad de los puntos perdidos mediante la realización de cursos gratuitos de educación y seguridad vial.
La iniciativa, impulsada por la legisladora María del Pilar Ramírez (La Libertad Avanza) junto con los diputados Marcelo Gregorio Ernst, Juan Ignacio Fernández, Silvia Imas, Nicolás Pakgojz, Solana Pelayo, Sandra Mónica Rey y Diego Vartabedian, busca modificar diversos artículos del Código de Tránsito y Transporte porteño (Ley N° 2.148) para darle un enfoque más educativo y preventivo al sistema.
Cómo funcionará el nuevo sistema de recupero
El corazón del proyecto establece un incentivo para resolver las infracciones de manera ágil y con un compromiso ciudadano. Los conductores que cumplan con dos requisitos clave podrán restablecer su puntaje:
- Pago voluntario: Optar por abonar la multa de la infracción de forma voluntaria.
- Capacitación aprobada: Realizar y aprobar un curso de seguridad vial, el cual será totalmente gratuito y podrá cursarse bajo modalidades presencial, virtual o mixta.
Además, el texto introduce una importante corrección de responsabilidad: si la infracción es cometida por una persona diferente al titular del vehículo, y esta última es debidamente identificada y presta su consentimiento, tanto la quita como el posterior beneficio de recupero de puntos recaerán directamente sobre el conductor real, protegiendo el historial del propietario del auto.
Las infracciones graves que quedan excluidas
El proyecto traza un límite claro: la educación vial sirve para corregir conductas, pero no para perdonar la negligencia grave. Por esta razón, quedarán completamente excluidos de este beneficio quienes cometan las siguientes faltas:
- Conducir bajo los efectos del alcohol o estupefacientes, o negarse a realizar el control de alcoholemia.
- Participar, organizar o fomentar “picadas” (competencias de velocidad no autorizadas) en la vía pública.
- Conducir de manera temeraria o manifiestamente peligrosa.
- Utilizar dispositivos antirradares o evadir controles de tránsito.
- Circular con placas de dominio (patentes) ocultas, adulteradas o irregulares.
- Prestar servicios de transporte público o privado de pasajeros sin la debida habilitación.
Armonización con la normativa nacional: nuevos plazos de inhabilitación
Aunque el proyecto busca facilitar el recupero preventivo, también endurece y alinea con los estándares nacionales los plazos de inhabilitación para aquellos conductores reincidentes que terminen agotando los 20 puntos de su licencia de conducir.
| Pérdida total de puntos | Plazo de inhabilitación actual propuesto | Requisitos de rehabilitación |
| 1° vez | 60 días de suspensión | Realizar curso de seguridad vial |
| 2° vez | 120 días de suspensión | Realizar curso de seguridad vial |
| 3° vez | 180 días de suspensión | Realizar curso de seguridad vial |
| 4° vez o más | 24 meses (2 años) de suspensión | Tramitar nuevamente la licencia de conducir |
“El recupero de puntos debe depender del compromiso del conductor para capacitarse y mejorar su conducta, y no de la imposición de obstáculos adicionales que solo funcionan como cargas administrativas”.
— Fundamentos del proyecto de ley.
Los autores del proyecto argumentan que el esquema sancionatorio actual a veces se percibe como netamente recaudatorio o burocrático. Con esta reforma, aseguran que se potenciará la responsabilidad individual de los conductores y se promoverán calles más seguras a través de la educación, sin necesidad de alterar el régimen de multas económicas vigentes.
