La Disposición N° 96/DGEGP/26 oficializó los nuevos techos arancelarios. El objetivo, según las autoridades, es equilibrar la sostenibilidad financiera de las escuelas frente a los costos operativos y salariales, intentando moderar el impacto en el presupuesto familiar.

1. Los nuevos topes arancelarios

Los valores mensuales máximos varían drásticamente según el nivel de subvención estatal que tenga el colegio. A continuación, el detalle de los extremos:

Nivel EducativoCon 100% de Aporte EstatalCon 40% de Aporte Estatal
Inicial y Primario (Jornada simple)$44.715$206.844
Secundario Común$49.326$268.824
Secundario Técnico$56.814$307.693

2. Cuota de mantenimiento anual

La normativa también regula los conceptos adicionales:

  • Monto: No puede superar el valor de una cuota mensual completa (incluyendo extraprogramáticos).
  • Pago: Debe ser prorrateada en un mínimo de 9 cuotas a lo largo del año.

3. Obligaciones de los colegios para aplicar la suba

Para que el aumento sea válido, las instituciones deben cumplir con una serie de pasos administrativos y de transparencia:

  • Comunicación: Deben informar fehacientemente a las familias los nuevos valores y detallar cómo se aplican las bandas arancelarias.
  • Declaración Jurada: Tienen tiempo hasta el 20 de mayo para presentar ante la Dirección General de Educación de Gestión Privada los aranceles definidos, adjuntando copia de la nota enviada a los padres y el modelo de factura.
  • Límite máximo: Los valores publicados son “topes”. Cada escuela puede decidir cobrar menos, pero bajo ninguna circunstancia puede exceder los montos fijados por la disposición.

4. ¿Por qué el aumento?

Desde el área de Educación explicaron que este ajuste responde al análisis del contexto económico actual y la necesidad de cubrir los acuerdos salariales docentes. Asimismo, advirtieron que los valores podrían volver a revisarse si la inflación o las paritarias sufren variaciones significativas en los próximos meses.


A tener en cuenta: Si la institución a la que asisten tus hijos no recibe aporte estatal, los aranceles no están regulados por estos topes y se rigen por el contrato directo entre el colegio y la familia, con obligación de informar los valores del año siguiente antes del 31 de octubre del año anterior.