En un fallo que impacta directamente en la reforma judicial del AMBA, el juez Herman Mendel, titular del Juzgado Nacional del Trabajo N°30, dictó una medida cautelar que suspende el traspaso del fuero laboral de la órbita nacional a la de la Ciudad de Buenos Aires.
La resolución frena el acuerdo que habían sellado el gobierno de Javier Milei y el de Jorge Macri el pasado 9 de febrero de 2026, dejando en suspenso la aplicación de la Ley de Modernización Laboral hasta que se resuelva la cuestión de fondo sobre su constitucionalidad.
Los puntos clave del fallo
La demanda fue impulsada por la Unión de Empleados de la Justicia de la Nación (UEJN), liderada por Julio Piumato, bajo los siguientes argumentos:
- Vicios en el proceso legislativo: El gremio sostiene que la ley fue sancionada en sesiones extraordinarias sin estar incluida en el temario enviado por el Ejecutivo, lo que invalidaría la competencia del Congreso.
- Inestabilidad laboral: Se cuestiona el artículo 91 de la reforma, que prevé la disolución de 30 juzgados y una sala en un plazo de 180 días, poniendo en vilo la estabilidad de unos 1600 trabajadores.
- Conflictos constitucionales: El planteo afirma que el traspaso viola los artículos 116 y 117 de la Constitución Nacional y tratados internacionales.
¿Qué establecía el acuerdo suspendido?
El plan de traspaso contemplaba una transición progresiva con las siguientes pautas:
- Causas nuevas: Pasarían a ser atendidas directamente por el fuero local porteño.
- Causas en curso: Los tribunales nacionales actuales debían finalizar los procesos ya iniciados antes de su disolución.
- Exclusiones: Los conflictos colectivos de trabajo (gremios vs. empresas/Estado) quedarían bajo la órbita federal, fuera del traspaso.
Impacto inmediato
Con esta decisión, las gestiones administrativas y presupuestarias para crear la nueva estructura judicial de la Ciudad quedan congeladas. El juez Mendel consideró que avanzar con la transferencia generaría efectos irreversibles sobre magistrados y empleados antes de que se determine si la ley es válida o no.
Por el momento, la Justicia Nacional del Trabajo mantendrá su vigencia plena y no se procederá al cierre de juzgados ni a la transferencia de competencias a los jueces locales de la Ciudad.
